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Código de Procedimientos Penales Artículo 445 bis Estado de Puebla


Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 445 bis. Sentencia condenatoria

La sentencia contendrá: 

I.- El órgano jurisdiccional que la emita;

II.- Lugar y fecha;

III.- Los datos de identificación del imputado;

IV.- Los datos de identificación de la víctima, y en su caso, del ofendido;

V.- Un extracto de los hechos;

VI.- Las consideraciones que la motiven y fundamentos legales;

VII.- La condena o absolución;

VIII.- La individualización de la sanción;

IX.- La reparación del daño;

X.- Los beneficios procedentes; y

XI.- Los puntos resolutivos.



Estado de Puebla Artículo 445 bis Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...444 445 445 bis 445 ter 446 ...551
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



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